Antes de la mayor migración de venezolanos en 2017, Perú recibió a grandes grupos de asiáticos, especialmente japoneses, que huían de los estragos la Segunda Guerra Mundial. Desde ese momento se fijaron parámetros generales para aquellos extranjero que desean residir en esta nación.
Entre los más recientes están los que se establecieron en el Decreto Legislativo de Migraciones Nº 1236 y los cuales se detallan a continuación:
Calidad Migratoria Trabajador
Es una categoría migratoria de residente que permite al extranjero realizar actividades lucrativas de forma subordinada o independiente para los sectores públicos o privados, en virtud de un contrato de trabajo, relación administrativa o contrato de prestación de servicios, en Perú.
Incluye empleados de una empresa transnacional o corporación internacional que se desplazan al país para trabajar en una empresa del mismo grupo económico o holding para desempeñarse como personal de alta dirección o de confianza o como especialista o especializado.
Es otorgada por Migraciones Perú. El plazo de permanencia es de un año prorrogable por el mismo período.
¿Cuáles son los pasos que debo seguir para solicitar esta residencia?
Paso 1. Firma del contrato. Para eso debes:
- Solicitar, vía online, el Permiso Especial para firmar contratos siguiendo los pasos indicados en la página de Migraciones. Haz clic aquí.
- Suscribir el contrato de trabajo, según la modalidad y con la formalidad que la ley peruana exige con una empresa.
- Para presentar el contrato de trabajo ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se debe entregar la constancia de presentación, el contrato de trabajo y la declaración jurada que señale que la contratación cumple con las condiciones establecidas por la Ley y que la persona cuenta con la capacitación requerida.
- Comprobante de pago del derecho correspondiente.
- La aprobación del contrato es automática al momento de la presentación. La fiscalización y verificación serán posteriores.
Paso 2. Con el contrato de trabajo avalado por el Ministerio de Trabajo, debes:
- Obtener los requisitos exigidos por Migraciones, explicados anteriormente.
- Solicitar la cita online en el sitio web de Migraciones. Haz clic aquí.
- Acudir a la cita en la fecha indiciada, llevando todos los requisitos exigidos.
Paso 3. Si la residencia ha sido aprobada por Migraciones, debes:
- Obtener los requisitos solicitados para el trámite del Carnet de Extranjería.
- Solicitar la cita en línea en la página web de Migraciones.
- Acudir a la cita en la fecha indicada, llevando todos los requisitos y formalizar el procedimiento para el trámite (datos personales, toma de huellas y fotografía).
- Al finalizar el proceso, te indicarán el día y hora en que debes recoger el Carnet de Extranjería.
Calidad Migratoria Familiar de Residente
Es una calidad migratoria que permite la residencia a un extranjero (a) integrante de la unidad migratoria familiar de un peruano o de un extranjero con una residencia aprobada. Le permite a su portador realizar actividades lucrativas de forma subordinada o independiente.
Es aprobada por Migraciones y permite un plazo de otorgamiento y de permanencia de hasta dos años para los familiares de peruanos y de un año para los familiares de extranjeros residentes, prorrogable.
¿Cuáles son los requisitos que debo presentar?
- El formulario numerado 004. Es gratuito y descargable en Internet.
- El recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite con un costo de 117,60 soles. El pago puede efectuarse en cualquier Agencia del Banco de la Nación al código 1814 o a través de www.pagalo.pe.
- Copia legible del pasaporte o documento de viaje con el que ingresó al país. La persona deberá encontrarse en situación migratoria regular.
- Copia del acta de matrimonio certificada. Si la boda se realizó: a) en Perú: certificada por RENIEC, b) en el Extranjero certificada por Consulado Peruano y visada por Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillada.
- Copia legible del carnet de extranjería del cónyuge residente o del DNI del cónyuge peruano, en ambos casos actualizado y vigente.
- Presentar la ficha de canje Internacional de Interpol (para mayores de edad).
Calidad Migratoria Formación o Estudiante
Con esta modalidad migratoria temporal el extranjero puede desarrollar estudios regulares de educación superior, básica, artes u oficios, en instituciones reconocidas por el Estado peruano. Comprende a los extranjeros de intercambios estudiantiles, prácticas pre-profesionales o profesionales, culturales, y otras categorías formativas reconocidas por Perú, en concordancia con la normativa vigente.
El portador de esta residencia no puede trabajar ni realizar actividades remuneradas ni lucrativas, salvo la previa emisión del Permiso de Trabajo Extraordinario otorgado por la Superintendencia Nacional de Migraciones en sus oficinas en el país.
Puede ser solicitada por el interesado en el territorio peruano, o previo al ingreso a través de un representante autorizado. El plazo de permanencia es de trescientos sesenta y cinco (365) días, prorrogables.
¿Cuáles son los requisitos que debo presentar?
Como paso fundamental se debe completar y presentar el formulario 004, un recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite por un monto de 117,60 soles. Este pago puede efectuarse en cualquier agencia de la referida entidad bancaria al código 1814 o a través de www.pagalo.pe
Una copia legible del pasaporte o documento de viaje con el que ingresó al país. Para esto es necesario encontrarse en situación migratoria regular.
Constancia de matrícula expedida por el centro de estudios con reconocimiento oficial del Ministerio de Educación o la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), según el caso. Es importante mencionar el tipo de estudio y su duración.
También demostrar «solvencia económica» para cubrir gastos de estudio y estadía. En caso de hijos de peruanos o de extranjeros residentes, la garantía debe provenir de fuente nacional.
Presentar la ficha de canje Internacional de Interpol (para mayores de edad).
En caso que la solicitud de residencia por «formación» sea aprobada por Migraciones, el siguiente paso es solicitar el Carnet de Extranjería. Para obtener este solo deberá llenar el formulario gratuito para esta solicitud identificado como F-007A, y pagar en el Banco de la Nación o por el sitio web www.pagalo.pe el derecho a trámite por 49.90 soles con el código de tributo 01873.
Calidad Migratoria Rentista
Con esta se permite la residencia al extranjero que goza de pensión de jubilación o renta permanente de fuente peruana o extranjera. El monto de la renta y las demás condiciones serán fijados en el Reglamento el presente Decreto Legislativo donde se establece que puede ser indefinido. Los requisitos a presentar son los siguientes:
- Llenar el formulario 004. Es gratuito.
- Consignar el recibo de pago del Banco de la Nación por derecho de trámite (117,60 soles). El pago puede efectuarse en cualquier Agencia del Banco de la Nación al código 1814 o a través de www.pagalo.pe
- Copia legible del pasaporte o documento de viaje con el que ingresó al país. La persona deberá encontrarse en situación migratoria regular.
- Declaración jurada de no poseer antecedentes penales, judiciales, policiales a nivel nacional e internacional.
- Copia legalizada o autenticada por el fedatario de Migraciones del documento original del país de donde proviene la renta, el cual deberá estar legalizado por el Consulado Peruano y visado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o apostillado. El monto de la renta será establecido por acto administrativo de Migraciones.
- En caso de renta de fuente nacional, documento que acredite la percepción por parte del beneficiario.
- Declaración Jurada de que el dinero ingresa al país a través de una institución bancaria en caso de renta de fuente extranjera.
- Presentar la ficha de canje Internacional de Interpol (para mayores de edad).
En caso que la solicitud de residencia Rentista sea aprobada por Migraciones, el siguiente paso es solicitar el carnet de extranjería, para ello solo deberá:
- Completar el formulario para esta solicitud identificado como F-007A. Es gratuito.
- Pagar en el Banco de la Nación o por www.pagalo.pe el derecho a trámite por 49.90 Soles con el código de tributo 01873.