Perú aprueba la residencia humanitaria para los migrantes venezolanos

Solo los venezolanos que hayan solicitado refugio o se hayan registrado en la preinscripción migratoria podrán optar a la Calidad Migratoria Humanitaria en Perú. 

De acuerdo con la resolución N° 0207-2021/RE aprobada el 16 de junio, se establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores será el ente encargado de realizar el registro de la aprobación y prórroga de la Calidad Migratoria Humanitaria.

El plazo de permanencia será de 183 días prorrogables, “en tanto persistan las condiciones de gran vulnerabilidad por las cuales se otorgó la calidad migratoria”. Y que el plazo de la prórroga será por períodos de 365 días. 

Flujograma

La Dirección de Derechos Humanos identificará los casos de solicitantes de refugio y una vez evaluados, los remitirá a la Dirección de Política Consular. Luego ese departamento cotejará información de los casos con la Superintendencia Nacional de Migraciones, para evaluar situación migratoria y antecedentes criminales. Si la respuesta es favorable, la Dirección de Política Consular, con la opinión positiva de la Dirección de Derechos Humanos, otorga al solicitante la Calidad Migratoria Humanitaria

Aunque la resolución no especifica los documentos que se deben consignar para proceder a ese visado, el texto detalla que solo se evaluarán los casos de solicitantes de refugio. 

Se espera que cerca de un millón 50 mil venezolanos se beneficien de la medida, según cifras de Acnur.