Venezolanos en Perú también podrán retirar el dinero de su fondo de pensiones

La fondos de la AFP fueron liberadas por el Congreso para mitigar el impacto económico del Covi-19 en el bolsillo de los ciudadanos que viven en Perú


Los fondos del sistema privado de pensiones administrados por las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) fueron liberados por el Congreso, por segunda ocasión, de manera excepcional debido al impacto de la pandemia por el COVID-19; al igual que la CTS (Compensación por Tiempo de Servicio), que en Venezuela se conocen como prestaciones sociales.

Este beneficio no es exclusivo de los peruanos, por el contrario, será liberado para todos a aquellos que, durante una relación laboral con alguna empresa, hayan cumplido con los aportes correspondientes.

¿Qué se necesita?

  • Estar afiliado al Sistema Privado de Pensiones.
  • Tener un saldo mayor a cero en su fondo.

¿Desde cuándo se podrá realizar la solicitud?

  • Desde el 27 de mayo de 2021 

¿Hasta cuándo puedo registrar mi solicitud?

El 24 de agosto de 2021 (90 días calendario).

¿Cuánto podrá retirar?

Hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT= (S/. 17.600) en 3 fracciones:

  • Primer desembolso: Hasta 1 UIT, 30 días calendario después de presentada la solicitud.
  • Segundo desembolso: Hasta 1 UIT, 30 días calendario después del primer desembolso.
  • Tercer desembolso: Hasta 2 UIT, 30 días calendario después del segundo desembolso.

¿Cómo tramitar el retiro?

Deben hacerlo según el terminal de Documento de Identidad vigente que aparezca en el fondo de pensiones. Para los venezolanos es por lo general el Carnet de Extranjería.

  • Según el cronograma de la Superintendencia de Banca y Seguros, los afiliados al fondo de pensiones deben completar el formulario solicitado por la página  www.consultaretiroafp.pe
  • Imagen cortesía BCP

Debido a que se trata de un retiro extraordinario, los venezolanos que ya no estén el Perú o los ciudadanos oriundos de este país en el extranjero, también pueden solicitar el retiro de sus fondos, pero estos deben esperar que anuncie el plan operativo para estos casos especiales.

En caso que el solicitante de estos fondos tenga deudas alimentarias, se le puede realizar una retención por un máximo del 30% del monto retirado en cada armada.