Para finales de septiembre del 2020, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) manejaba una tasa de informalidad laboral del 65% y 6 millones de trabajadores independientes que no eran alcanzados por los beneficios del Estado peruano. Así lo reveló el titular de esa cartera, Javier Palacios.
Esto significa que las personas que trabajan por honorarios profesionales, cuando son removidos de sus empleos, no reciben liquidación ni la CTS, tal como lo establece la legislación peruana.
Es más, el MTPE proyecta que para finales de año se hayan perdido hasta 400 mil plazas laborales.
Consecuencias de la informalidad en Perú
Al no tener un contrato, ni nada que establezca una relación laboral entre en el empleador y el colaborador, este queda totalmente desprotegido hasta de un accidente dentro de su área de labores, según explica el abogado experto en material laboral, Germán Lora.
Así le ocurrió a Denny de Jesús Mendoza, quien reside en la provincia de Barranca al sur de Lima desde hace dos años. Mendoza tiene 40 años y es padre de tres niños. Según denuncia, se lesionó cuando cortaba el césped en las instalaciones de la empresa Arjopak S.A.C. y perdió un dedo del pie, mientras que otros dos dedos sufrieron graves heridas.
“El accidente fue el día 26 de mayo. Ese día fui traslado en un mototaxi, en compañía de una compatriota que también labora en la empresa, a un hospital ubicado en Supe Pueblo. Luego me llevaron al Hospital de Barranca en una ambulancia y finalmente cuando que me dieron de alta el gerente de la empresa me llevó hasta la casa. La empresa corrió con todos los gastos médicos y a la semana siguiente me dio la espalda”, relató.
Consultado sobre su relación la empresa, dijo que no tenía contrato formado y que recibía pago semanal por sus servicios en efectivo. Por esa razón no tenía ningún seguro médico, como lo demanda la ley.
A pesar de esta situación, la empresa no se hizo cargo de sus gastos, ni brindó apoyo para la manutención de su familia durante la paralización forzosa. “Exijo que se me tome en cuenta como trabajador estable y quiero indemnización por mi dedo”.
Desprotección en Perú, ¿qué hacer?
El abogado Germán Lora, especialista en material laboral, explicó que las leyes peruanas no estaban diseñadas para proteger al trabajador.
En el caso de Mendoza, mencionó que, si no puede demostrar que tiene un vínculo con la empresa, no hay ningún trámite que pueda proceder por la vía del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. “Si no tiene contrato, no tiene protección”, recalcó.
Señaló que la única salida para solicitar un tipo de indemnización es demandar a través del Poder Judicial por daños y perjuicios. No obstante, advirtió que el proceso es largo y puede tardar hasta 4 años, sin que se pueda demostrar que el agraviado tiene la razón.
Dijo que la legislación antilaboral peruana tiene más de 25 años y data de los tiempos de la dictadura de Alberto Fujimori, cuando ostentó el cargo del presidente de la República del Perú.
Desde el 2017 existe en el Perú una modalidad de denuncia virtual que permite a los trabajadores interponer una queja de la empresa en caso de que se cometa una violación a los derechos laborales. Ésta debe realizarse mediante Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), para que se inicie una investigación sin necesidad de que se exponga la identidad del afectado.
El agraviado debe ingresar al portal https://www.sunafil.gob.pe/ y llenar los campos que allí aparecen, luego de la lectura de los términos generales. También se puede seguir las recomendaciones del video tutorial que aparece en el siguiente enlace.
La Defensoría del Pueblo del Perú estimó que para el mes de agosto el 89% de los venezolanos habían sido despedidos durante los primeros cinco meses de estado de emergencia e inmovilización social.