En un comunicado emitido por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Especial para los Refugiados en el Perú, se insta que los solicitantes de refugio (sin importar su estatus), o los refugiados ya con carnet, deben actualizar sus datos para ser incluidos en el padrón de vacunación.
Esta medida es para que los refugiados o solicitantes de refugio sean considerados «en la programación para la vacunación contra el COVID-19». Este proceso de actualización comenzó el día lunes 3 de mayo y se extenderá hasta el lunes 10.
La Secretaría habilitó el número telefónico (511) 204 3127, para que los solicitantes y refugiados puedan llamar, y en la opción 1 confirmen los datos personales y actualicen la información de los datos de contacto. El horario de atención para este proceso será desde las 8 a.m. hasta las 10 p.m.
Además, desde la madrugada de este miércoles se habilitó el portal web, con apoyo de Acnur, para agilizar el proceso de actualización para los refugiados.
Analí Briceño, coordinadora de la Clínica Jurídica Pedro Arrupe para Migrantes y Refugiados Encuentros SJM y la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, señaló que esta actualización de los migrantes y refugiados «sirve para alimentar el padrón de datos de personas extranjeras en el país que podrán recibir la vacunación que se está programando desde el Ministerio de Salud».
¿Cuántos solicitantes de refugio hay en el Perú?
De acuerdo con cifras de la Clínica Jurídica, en el país hay alrededor 496 mil solicitantes de refugio, que están a la espera de la aprobación del trámite por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.
La cifra de quienes ya han sido reconocidos como refugiados llega hasta 2 mil 500 aproximadamente. En ambos casos, la totalidad de personas con ciudadanía venezolana es de casi el 99%. «Esta es una situación que explotó desde el 2016. Antes el sistema de refugio recibía entre 300 y 500 solicitudes. La media comenzó a crecer exponencialmente desde ese año», dijo Briceño para Venezuela Migrante.
Solicitudes de refugio paralizadas
Briceño dijo que el sistema para solicitar refugio no está habilitado en la actualidad. Sin embargo, aquellos con refugio reconocido pueden realizar la prórroga de residencia , el duplicado de carnet de extranjería, autorización de viaje, renuncia a la condición de refugiado reconocido y actualización de datos.
Mientras que las personas solicitantes pueden presentar una solicitud de refugio a nivel nacional, obtener una autorización de trabajo virtual, completar el registro de la solicitud de refugio, actualizar los datos de contactos, cambiar clave y contraseña, presentar recursos de reconsideración o de apelación. Todo esto de forma virtual, a través del portal web.
«La comisión mantiene ejercicios con sus miembros para resolver los casos que se están presentando y así reconocer el estatus de protección internacional», comentó.
Además, el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene habilitado el correo electrónico [email protected], para atención a los solicitantes; y el [email protected] para los refugiados reconocidos.
Previo al COVID-19, el proceso era sencillo. A través del portal institucional se iniciaba el trámite como solicitante. «Era virtual y posibilitaba el acceso a más personas como solicitantes de refugio», dijo Briceño.
¿Qué beneficios garantiza el refugio en Perú?
El refugio es una figura de protección internacional, que garantiza la estadía en el Perú como medida de protección. Se le brinda las facilidades de permanecer en el país, sin ser expulsado. Además, tiene beneficios como derecho al trabajo, a la reunificación familiar, a la no criminalización por ingreso irregular y facilidades administrativas una vez reconocido como refugiado.
Al inicio, cada solicitante recibía un carnet que lo acreditaba como tal. Sin embargo, ahora se dispone de una autorización de trabajo que corrobora su calidad de solicitante. Este es un permiso que se otorga hasta que el Estado peruano apruebe la petición.
«Esto para que las personas tengan una facilidad de integración, mientras se aprueba su solicitud», comentó Briceño. No obstante, ve algunos defectos en la operación, principalmente los lapsos de aprobación. «Estos procesos deben resolverse en 60 días, que es lo que establece la ley, pero ahora se está prolongando por años, y esto afecta la calidad de vida de las personas solicitantes, que pueden estar en el país, pero al no tener ningún documento es más precaria su posibilidad de mantenerse en el país o tener un trabajo, acceder al sistema de salud público de Perú, que para hacerlo debe tener un carnet de extranjería», finalizó.