En Ecuador los venezolanos para solicitar cualquier visa, así como para renovarla, tienen que justificar ingresos económicos de al menos un sueldo mínimo ($400 para marzo de 2021). Para hacerlo deben presentar documentos que respalden la capacidad económica del solicitante. No demostrarlo es causa para negar cualquier permiso de residencia diferente al de refugiado.
Hasta el 5 de febrero, cuando se publicó la reforma a la Ley Orgánica de Movilidad, la opción más solicitada por los venezolanos era la visa Unasur. Ese permiso no requería fundamentar ingresos. Esta visa ya no está disponible para ser tramitada debido a su eliminación de la legislación ecuatoriana.
De acuerdo a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), de los migrantes regularizados hasta noviembre de 2020, el 81% posee visa Unasur o la Visa de Excepción por Razones Humanitarias (Verhu).
Para tramitar la Verhu tampoco se requiere justificar ingresos. Este permiso solo puede ser adquirido por medio de los consulados de Lima, Bogotá y Caracas. Desde el 26 de agosto de 2019 los venezolanos no pueden ingresar a Ecuador sin visa.
Un venezolano para tramitar un permiso de entrada y de residencia dentro de Ecuador debe tener una situación migratoria regular. Quienes no tengan su estatus migratorio regularizado no pueden optar por permisos de residencia, al menos que se establezca que la persona cumple con las características de un refugiado.
1) Opciones para justificar ingresos
La Cancillería de Ecuador considera como medios de ingresos lícitos los servicios profesionales, técnicos, las rentas, jubilaciones y las inversiones muebles, inmuebles e intangibles permitidas por la legislación nacional.
Los requerimientos exigidos no son exactamente los mismos para todos los tipos de visas a las que pueden acceder los migrantes venezolanos. El Protocolo para Acreditar Medios de Vida Lícitos del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana establece opciones, de acuerdo al tipo de permiso de residencia.
En el caso de visa de turismo, para tramitarla se necesitará de comprobantes de estados de cuentas bancarias (nacionales o extranjeros), que reflejen ingresos iguales o superiores al sueldo mínimo. También servirá poseer una tarjeta de crédito con un cupo igual o superior al salario unificado, multiplicado por los días que estará en Ecuador. Si permanece un mes serán $400 y si son dos $800, según el salario mínimo vigente hasta el 23 de marzo de 2021.
Se tiene que escoger los que se adapten a la realidad del solicitante y al tipo de visa que aspira a obtener. Los más utilizados para la solicitud de visas de turista, residente temporal y permanente son:
- Declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
- Contrato de trabajo registrado en el Ministerio del Trabajo.
- Certificados de cuentas bancarias en Ecuador o el extranjero.
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2) Para visas temporales
Entre las visas temporales la que tiene mayores requerimientos es la de inversionista. El protocolo agrupa a los extranjeros que invierten en Ecuador junto a representantes legales de compañías, apoderados legales de marcas y a quienes lleguen a Ecuador a realizar actividades comerciales o industriales. Las opciones a escoger para comprobar ingresos económicos en esta categoría son:
- Certificados de estado de cuenta bancaria de los últimos seis meses. Se debe demostrar ingresos equivalentes o superiores al sueldo mínimo ($400).
- Cupo autorizado de tarjeta de crédito equivalente o superiores a 12 salarios mínimos ($4.800)
- Utilidades y dividendos recibidos por la inversión -en caso de renovación de visa- que superen los seis salarios mínimos ($2.400).
Para las otras visas los requisitos serán:
- Trabajador: Contrato de trabajo registrado en el Ministerio del Trabajo. Estar afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Iess).
- Rentista: Documento que compruebe el ingreso por medio de alguna renta en el exterior o dentro de Ecuador. Las rentas están relacionadas a ingresos por alquileres de inmuebles, fidecomisos, entre otros. Los comprobantes tienen que ser de los últimos tres meses.
- Jubilado: Constancia de la jubilación desde el extranjero del mes anterior a la solicitud.
- Profesional: Título de tercer nivel registrado ante Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt). De no poseer el título registrado deberá presentar los certificados bancarios (nacionales o extranjeros) de los últimos tres meses.
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Para la visa Estatuto Migratorio Ecuador-Venezuela no hay requisitos especiales. Esta es la opción de los venezolanos sin titulación universitaria que trabajan de manera independiente: albañiles, electricistas, vendedores ambulantes, entre otros oficios.
3) Justificar ingresos para visa permanente
Los venezolanos con 21 meses dentro de Ecuador pueden aspirar a una visa permanente. Con este permiso de residencia podrán prolongar indefinidamente su estadía en el país, mientras mantuvieran su situación migratoria regularizada.
En este caso, para justificar ingresos tendrán las siguientes opciones:
- Estar afiliado al Iess y presentar los seis comprobantes de sus aportes anteriores a la solicitud de la visa.
- Declaraciones del IVA de los seis meses anteriores a la solicitud.
- Certificados de estados de cuenta bancaria de los últimos 12 meses.
- Comprobante de pago de impuesto por un inmueble dentro de Ecuador a nombre del solicitante.
4) Trabajadores Independientes
Las actividades informales no son consideradas en el protocolo implementado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para justificar ingresos.
Para enero de 2020 el Ministerio de Gobierno calculaba que el 89% de los venezolanos en Ecuador trabajaban en la informalidad. La estimación ministerial es anterior a la pandemia por covid-19.
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Para superar la informalidad un trabajador independiente puede conseguir un RUC (Registro Único del Contribuyente). Este es un código que permite a personas naturales realizar actividades comerciales. Con el RUC se puede hacer declaraciones del IVA ante el Servicio de Rentas Internas de Ecuador (SRI) y facturar.
La declaración del IVA sirve para justificar ingresos si no se cuenta con un trabajo fijo. Sin embargo, el RUC no podrá ser tramitado si no se cuenta con una situación migratoria regular. De acuerdo a cifras de la Cancillería 4 de cada 10 venezolanos no posee ninguna visa. Para la Agencia de la ONU para los Refugiados (Acnur) la cifra es de 6 de cada 10.
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5) Justificar ingresos por medio de cuentas bancarias
En Ecuador un venezolano con visa puede abrir una cuenta bancaria, así como solicitar cualquier producto financiero disponible. Gracias a esto los migrantes tienen más capacidades para mantenerse regulados en el país. A la hora de renovar su visa pueden solicitar el estado de su cuenta en el banco y presentarlo ante la autoridad migratoria.
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De acuerdo a especialistas migratorios consultados, lo relevante para la cancillería no es el saldo disponible sino la cantidad total de dinero depositado o transferido a la cuenta durante un mes. Si al final de 30 días la cuenta esta en cero, no importará mientras el promedio de ingreso sea de $400.
6) Justificar ingresos para visas de amparo y niños, niñas y adolescentes
En Ecuador existe una categoría migratoria que permite a un ciudadano ecuatoriano o un extranjero con visa de residencia amparar a un pariente de hasta dos grados de afinidad, (cónyuge, hijos, abuelos, suegros, yernos o nueras, cuñados). De esta manera, el familiar puede vivir en el país con estatus migratorio regularizado.
Entre los requisitos para esta visa se encuentra la acreditación de medios lícitos de vida. En este caso el amparante será quien deberá demostrar capacidad para sostener al amparado. Las maneras para demostrarlo son: Certificados bancarios, contrato de trabajo, afiliación al Iess, registro de título universitario ante Senescyt o por medio de declaraciones del IVA.
Lo mismo aplica para los niños, niñas y adolescentes (NNA). Estas visas estarán sustentadas sobre el permiso de residencia de sus padres o representantes.
Si el amparante no lograra justificar sus medios de vida podrá realizar una declaración juramentada ante un notario público. En la declaración el amparante garantizará que cubrirá la manutención de su familiar, así como a los NNA a su cargo. Esta opción es permitida para residentes permanentes que quieran amparar a un pariente. Para otras categorías esto no es aplicable.